PANAMÁ ELIMINA EL 2% DEL ITBI EN LA PRIMERA VENTA DE VIVIENDAS NUEVAS

El beneficio de exención del ITBI en Panamá para viviendas nuevas ya es ley. La Ley 546 del 31 de agosto de 2026 exonera del impuesto de transferencia de bienes inmuebles (ITBI) de 2% los primeros B/.120,000 de la base imponible en la primera venta de una vivienda nueva, y aplica tasas escalonadas reducidas a la porción entre B/.120,000 y B/.200,000.

La Ley 546 del 31 de agosto de 2026 modifica las normas del impuesto de transferencia de bienes inmuebles (ITBI) y establece una exoneración para los primeros B/.120,000 de la base imponible en la primera venta de viviendas nuevas.

Datos clave: exoneración del ITBI en Panamá según la Ley 546

  • Ley: Ley 546 del 31 de agosto de 2026, sancionada por el presidente José Raúl Mulino
  • Modifica: el artículo 4 de la Ley 106 de 1974, que regula el ITBI
  • Impuesto afectado: ITBI – Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles, con tasa general de 2%
  • Monto exento: los primeros B/.120,000 de la base imponible
  • Tasas escalonadas: de 0.50% a 1.80% sobre el excedente, hasta una base imponible de B/.200,000
  • Aplica a: el traspaso en primera venta de viviendas nuevas, formalizado dentro de los plazos legales vinculados al permiso de ocupación
  • Disposición transitoria: incluye ciertas primeras ventas formalizadas después de la entrada en vigencia de la ley, aunque el permiso de ocupación se haya emitido antes
  • Autoridad responsable: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)
  • Moneda: el balboa (B/.) está a la par del dólar estadounidense (B/.1 = US$1)

¿Qué establece la Ley 546 sobre la exoneración del ITBI en Panamá?

El presidente de la República sancionó la Ley 546 del 31 de agosto de 2026, que modifica el artículo 4 de la Ley 106 de 1974, la ley que creó el impuesto de transferencia de bienes inmuebles en Panamá, y establece un nuevo tratamiento tributario del ITBI en la primera venta de viviendas nuevas.

La ley establece que los primeros B/.120,000 de la base imponible están exentos del ITBI, siempre que se cumplan las condiciones que fija la ley.

La medida busca facilitar el acceso a la vivienda nueva y, según el Ministerio de Economía y Finanzas, también impulsar la industria de la construcción y contribuir a la generación de empleo.

Esto no significa que todas las viviendas nuevas estén exentas

Un punto importante es que el beneficio no elimina el ITBI para todas las viviendas ni para todas las transacciones inmobiliarias.

La exoneración aplica a los primeros B/.120,000 de la base imponible en la primera venta de una vivienda nueva. Cuando la base imponible supera ese monto sin exceder B/.200,000, el impuesto se calcula solo sobre el excedente, con tasas escalonadas.

Las tasas aplicables sobre el excedente son:

Porción de la base imponible (excedente sobre B/.120,000)Tasa de ITBI sobre el excedente
Más de B/.120,000 hasta B/.130,0000.50%
Más de B/.130,000 hasta B/.150,0001.00%
Más de B/.150,000 hasta B/.170,0001.40%
Más de B/.170,000 hasta B/.190,0001.60%
Más de B/.190,000 hasta B/.200,0001.80%

Para montos superiores a B/.200,000, la aplicación del impuesto debe analizarse según el régimen que establece la ley.

Un cambio que podría influir en la compra de viviendas nuevas

Para quienes evalúan comprar una vivienda nueva, la modificación reduce uno de los costos asociados al proceso de compraventa en las transacciones que cumplen los requisitos.

Esto puede ser especialmente relevante para compradores que deben calcular no solo el precio de la propiedad, sino también los costos de formalizar la transacción.

Desde la perspectiva del mercado, menores costos iniciales pueden facilitar ciertas decisiones de compra y contribuir a una mayor actividad en los proyectos de vivienda nueva.

Impacto en la construcción y el mercado residencial

El impacto de la medida también va más allá del comprador.

El propio MEF señala que uno de los objetivos de la Ley 546 es impulsar la industria de la construcción, un sector que incide en el empleo, los materiales, los servicios profesionales, el financiamiento y otras actividades relacionadas.

Si la medida ayuda a acelerar la venta de viviendas nuevas, también podría respaldar proyectos residenciales en construcción o en proceso de venta.

Para los desarrolladores y empresas vinculadas al sector, será importante observar cómo responde el mercado a las nuevas condiciones y qué segmentos de vivienda podrían beneficiarse de este cambio, a partir de las perspectivas de nuestro análisis del mercado inmobiliario de CAPAC 2026.

¿Qué deben tener en cuenta compradores y vendedores?

La aplicación del beneficio está sujeta a condiciones específicas.

La vivienda debe ser nueva y tratarse de su primera venta, y la compraventa debe formalizarse dentro de los plazos que establece la legislación en relación con el permiso de ocupación.

Además, la ley incluye una disposición transitoria para ciertas primeras ventas formalizadas después de su entrada en vigencia, aunque el permiso de ocupación se haya emitido antes, siempre que se cumplan las condiciones y los plazos establecidos.

Como se trata de una norma tributaria con requisitos específicos, cada transacción debe revisarse de forma individual antes de determinar si califica para el beneficio. Si está evaluando la compra de una vivienda nueva, puede agendar una consulta con Liseika González para revisar sus opciones.

Una nueva variable para el mercado inmobiliario de Panamá

La Ley 546 introduce una nueva variable en el mercado de vivienda nueva de Panamá.

Su impacto dependerá de cómo respondan compradores, desarrolladores, bancos y demás actores de la industria a las nuevas condiciones. Sin embargo, el cambio es significativo porque modifica uno de los costos asociados al primer traspaso de ciertas viviendas nuevas.

Para quienes siguen las tendencias del mercado inmobiliario en Panamá, la pregunta ahora es cómo esta modificación tributaria podría influir en la demanda, la venta de proyectos y el desarrollo de vivienda nueva en los próximos meses. 🇵🇦

Preguntas frecuentes sobre la exoneración del ITBI en Panamá

¿Qué es el ITBI en Panamá?

El ITBI (impuesto de transferencia de bienes inmuebles) es el tributo que se aplica en Panamá cuando se traspasa una propiedad. Está regulado por la Ley 106 de 1974 y tiene una tasa general de 2%.

¿Qué parte de una vivienda nueva queda exenta del ITBI con la Ley 546?

La Ley 546 del 31 de agosto de 2026 exonera los primeros B/.120,000 de la base imponible en la primera venta de una vivienda nueva. Si la base imponible supera B/.120,000 sin exceder B/.200,000, el impuesto se aplica solo al excedente, con tasas escalonadas de 0.50% a 1.80%.

¿La exoneración del ITBI en Panamá aplica a cualquier compra de vivienda?

No. Aplica a la primera venta de viviendas nuevas que cumplan las condiciones legales, formalizada dentro de los plazos vinculados al permiso de ocupación. Las viviendas de reventa no califican, y cada transacción debe revisarse de forma individual.

¿Qué significa “impuesto de transferencia de bienes inmuebles”?

Es el nombre en español del ITBI, conocido en inglés como Real Estate Transfer Tax. Así aparece en los documentos legales y de cierre en Panamá, normalmente abreviado como ITBI.

¿Cómo podría la Ley 546 afectar el mercado inmobiliario de Panamá?

Al reducir el costo inicial de comprar una vivienda nueva, la Ley 546 puede estimular las compras en proyectos de vivienda nueva. El MEF también espera que impulse la construcción y la generación de empleo, lo que podría respaldar proyectos en construcción o en venta.

Fuentes y lecturas adicionales

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